Esta mañana el Municipio de Balcarce, a través del presidente del Concejo Deliberante Leandro Spinelli, presentó la aplicación "Accesos COVID", desarrollada por la consultora MV de Mariano Vitale -también presente junto a Agustín Vautier en la conferencia de prensa de hoy- la que consiste en el registro de los clientes que ingresan a los comercios de Balcarce y organismos del Estado para su seguimiento y control en casos de Covid-19 positivos.
La aplicación, de la cual Spinelli manifestó sentirse "orgulloso", provocó un fuerte rechazo en la población, la que a través de las redes sociales -mayormente Facebook- hizo conocer su descontento.
Claramente, sin entrar en detalles demasiado técnicos, mucha gente se verá imposibilitada de formar parte del relevamiento de datos que la aplicación realiza -cotejada y confirmada por identidad en cada comercio u organismo estatal al que se pretenda ingresar- debido a dos factores, básicamente económicos: por un lado, es imperativo que se cuente con un teléfono capaz de leer los códigos QR, y por otro, se deben poseer datos de conexión al momento de la lectura.
Este fue uno de los argumentos que expresaron muchos usuarios de Facebook al momento de que se conociera la medida: gran cantidad de ellos coincidieron en considerar este hecho como "excluyente".
Además, otro grueso de usuarios se expresó en disconformidad por entender que se trata de una medida "invasiva", ya que la aplicación indefectiblemente debe acceder a todos los datos personales del portador del teléfono, y según las manifestaciones no quedó claro cómo se manejará esa información tan sensible.
QUÉ DICE LA LEY
a) La finalidad para la que serán tratados y quiénes pueden ser sus destinatarios o clase de destinatarios;
b) La existencia del archivo, registro, banco de datos, electrónico o de cualquier otro tipo, de que se trate y la identidad y domicilio de su responsable;
c) El carácter obligatorio o facultativo de las respuestas al cuestionario que se le proponga, en especial en cuanto a los datos referidos en el artículo siguiente;
d) Las consecuencias de proporcionar los datos, de la negativa a hacerlo o de la inexactitud de los mismos.
Asimismo la legislación aclara que todo archivo, registro, base o banco de datos público, y privado destinado a proporcionar informes debe inscribirse en el Registro que al efecto habilite el organismo de control.