El pedido de indemnización debe formalizarse a través del formulario entregado en la misma Cooperativa, incluyendo la fecha y el horario de producido el daño para poder constatar así la calidad del servicio en la red al momento del daño denunciado. Además, el reclamante deberá adjuntar las especificaciones del artefacto tales como modelo y marca, entre otros.
El artefacto será verificado en primera instancia por personal de la Cooperativa de Electricidad, por lo tanto no debe repararse ni ser revisado por un tercero hasta encontrarse formalizada la verificación. Posteriormente, especialistas verificarán las instalaciones del cliente que incluye la llave de corte, fusible, llave térmica, disyuntor diferencial, guarda motor, jabalina (sin excepción) y puesta a tierra de la instalación, entre otros.
Por último se informó que el suministro del reclamante no debe poseer deuda. En tanto que el plazo legal de respuesta a la solicitud de indemnización es de treinta días a partir de formalizado el requerimiento conforme a lo establecido en la resolución 52/00 del OCEBA.