El magistrado federal de La Plata, Ernesto Kreplak, emitió una orden dirigida al Ministerio de Seguridad de la Nación, encabezado por Patricia Bullrich, en la cual se le insta a abstenerse de llevar a cabo filmaciones de manifestantes que participen en la marcha convocada por la CGT, así como de realizar requisas sin una justificación válida.
La decisión judicial responde a la presentación de un hábeas corpus por parte de ciudadanos de la provincia de Buenos Aires a través de un abogado, quienes expresaron su descontento por las requisas realizadas en manifestaciones anteriores, especialmente después de la asunción de Javier Milei, a individuos que participaban en protestas sociales.
En su reclamo, argumentaron que las requisas sin justificación a aquellos que se desplazan en transporte público constituyen una violación de sus derechos. Además, señalaron que fueron filmados sin una justificación adecuada.
El juez Kreplak sostuvo en su fallo que la posible intervención de las fuerzas de seguridad mediante procedimientos como la filmación o interceptación de personas, con el propósito de identificarlas o requisarlas sin una orden judicial previa, basándose únicamente en la presunción de su participación en una movilización social, implicaría una restricción ilegítima de la libertad ambulatoria, así como la afectación de otros derechos constitucionales.
El magistrado subrayó que las irregularidades serían aún más graves si la intervención policial, que incluye requisas, no quedara debidamente registrada en actas para un posterior control jurisdiccional por parte de la Justicia después de las acciones preventivas policiales.
La orden judicial tiene como objetivo que Bullrich se abstenga de impartir estas directivas a las fuerzas federales, especialmente en el caso de los manifestantes que utilicen transporte público o se encuentren en los accesos a las unidades de trenes, dentro de la jurisdicción territorial de este juzgado, es decir, la provincia de Buenos Aires.
La decisión judicial responde a la presentación de un hábeas corpus por parte de ciudadanos de la provincia de Buenos Aires a través de un abogado, quienes expresaron su descontento por las requisas realizadas en manifestaciones anteriores, especialmente después de la asunción de Javier Milei, a individuos que participaban en protestas sociales.
En su reclamo, argumentaron que las requisas sin justificación a aquellos que se desplazan en transporte público constituyen una violación de sus derechos. Además, señalaron que fueron filmados sin una justificación adecuada.
El juez Kreplak sostuvo en su fallo que la posible intervención de las fuerzas de seguridad mediante procedimientos como la filmación o interceptación de personas, con el propósito de identificarlas o requisarlas sin una orden judicial previa, basándose únicamente en la presunción de su participación en una movilización social, implicaría una restricción ilegítima de la libertad ambulatoria, así como la afectación de otros derechos constitucionales.
El magistrado subrayó que las irregularidades serían aún más graves si la intervención policial, que incluye requisas, no quedara debidamente registrada en actas para un posterior control jurisdiccional por parte de la Justicia después de las acciones preventivas policiales.
La orden judicial tiene como objetivo que Bullrich se abstenga de impartir estas directivas a las fuerzas federales, especialmente en el caso de los manifestantes que utilicen transporte público o se encuentren en los accesos a las unidades de trenes, dentro de la jurisdicción territorial de este juzgado, es decir, la provincia de Buenos Aires.