
La ordenanza a debatirse en el legislativo local establece que los edificios privados con una altura superior a 9 metros y una antigüedad mayor a 10 años desde la firma del Certificado Final de Obra o su inclusión en el Catastro Municipal deberán someterse a inspecciones cada 5 años. Estas inspecciones deberán ser realizadas por profesionales matriculados, con visado del colegio profesional correspondiente y constancia de aporte a la caja previsional respectiva.
Según uno de los artículos de la ordenanza, los propietarios, apoderados autorizados o administradores de consorcios en régimen de propiedad horizontal deben presentar informes sobre el estado de conservación de las fachadas, incluyendo elementos orientados hacia la vía pública como balcones, parapetos, barandas, entre otros.
El primer informe deberá presentarse dentro de los 180 días corridos desde la reglamentación de la ordenanza, y el Departamento Ejecutivo se encargará de implementar gradualmente estas inspecciones, comenzando por los edificios más antiguos y de mayor altura.
De aprobarse la iniciativa, el cumplimiento de la ordenanza estará supervisado por el Departamento Ejecutivo a través del Área de Obras Privadas, área que también tendrá la autoridad para tomar medidas preventivas en caso de riesgos para la seguridad pública. El incumplimiento de las obligaciones establecidas podrá ser sancionado con multas que van desde tres hasta treinta módulos, según lo determine el Juzgado de Faltas luego de las correspondientes notificaciones y procedimientos legales.
Esta nueva normativa tiene como objetivo mejorar los estándares de seguridad de los edificios en Balcarce, garantizando un mantenimiento proactivo que reduzca los riesgos asociados con el deterioro de fachadas y elementos estructurales expuestos.