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SE MANTENDRÁN GUARDIAS MÍNIMAS EN LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL





Ante las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en todo el ámbito de la República Argentina dispuestas desde Presidencia de la Nación es que se establecieron las normas de actividades permitidas y prohibidas.

En ese marco, desde el Gobierno municipal se creó el decreto 707 que indica que a partir de la fecha del presente y hasta las 24 horas del día 31 de marzo de 2020, se suspende el deber de asistencia a los lugares de trabajo de los empleados de la Administración Central de la Municipalidad de Balcarce, cualquiera sea su posición jerárquica, agrupamiento, categoría y régimen.

Queda exceptuado de esta medida, aquel personal que resulte esencial e imprescindible, para el cumplimiento de las obligaciones administrativas municipales internas, de salubridad y seguridad de la población y/o que resulten necesarias para colaborar con las decisiones adoptadas a nivel nacional, provincial y local en el marco de la emergencia por la pandemia del coronavirus (COVID 19).

Esto incluye CICs, Centro de Monitoreo (COM), Coordinación de Seguridad, Movilidad y Control Urbano, Inspección General, Zoonosis, Cementerio, Obras Públicas (Urbana y Rural), Desarrollo Social, ARBal, Tesorería, Contaduría, Compras, Delegaciones Municipales, Recursos Humanos, Sueldos, Maestranza y personal de custodia y seguridad. Adicionalmente se considera personal esencial, al que integra el sistema de salud pública de la Municipalidad de Balcarce.

A tal fin, quedan facultados los Secretarios Municipales y el Director del Organismo Descentralizado, a establecer sistemas de guardias mínimas de carácter rotativo, activo o pasivo, a los fines de la cobertura de servicios, en los casos que esto sea posible. El personal que en la rotación deba permanecer fuera de su lugar de trabajo, deberá estar en su vivienda el mayor tiempo posible, salvo caso de fuerza mayor. En caso de infringir tal prerrogativa, sin válida justificación, será considerada falta grave, pudiendo aplicarse el procedimiento disciplinario que la legislación autoriza.

Los trabajadores alcanzados por la dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo, dispuesta en el artículo precedente, cuyas tareas habituales u otras análogas, puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento, deberán en el marco de la buena fe contractual, establecer con sus superiores jerárquicos, las condiciones en que dicha labor será realizada.

Vale destacar que lo dispuesto no afectará la percepción de las remuneraciones de los trabajadores.

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Radio Sudestada - Noticias de Balcarce y la región: SE MANTENDRÁN GUARDIAS MÍNIMAS EN LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
SE MANTENDRÁN GUARDIAS MÍNIMAS EN LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Ante las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en todo el ámbito de la República Argentina dispuestas desde Presidencia de la Nación es que se establecieron las normas de actividades permitidas y prohibidas. En ese marco, desde el Gobierno municipal se creó el decreto 707 que indica que a partir de la fecha del presente y hasta las 24 horas del día 31 de marzo de 2020, se suspende el deber de asistencia a los lugares de trabajo de los empleados de la Administración Central de la Municipalidad de Balcarce, cualquiera sea su posición jerárquica, agrupamiento, categoría y régimen. Queda exceptuado de esta medida, aquel personal que resulte esencial e imprescindible, para el cumplimiento de las obligaciones administrativas municipales internas, de salubridad y seguridad de la población y/o que resulten necesarias para colaborar con las decisiones adoptadas a nivel nacional, provincial y local en el marco de la emergencia por la pandemia del coronavirus (COVID 19). Esto incluye CICs, Centro de Monitoreo (COM), Coordinación de Seguridad, Movilidad y Control Urbano, Inspección General, Zoonosis, Cementerio, Obras Públicas (Urbana y Rural), Desarrollo Social, ARBal, Tesorería, Contaduría, Compras, Delegaciones Municipales, Recursos Humanos, Sueldos, Maestranza y personal de custodia y seguridad. Adicionalmente se considera personal esencial, al que integra el sistema de salud pública de la Municipalidad de Balcarce. A tal fin, quedan facultados los Secretarios Municipales y el Director del Organismo Descentralizado, a establecer sistemas de guardias mínimas de carácter rotativo, activo o pasivo, a los fines de la cobertura de servicios, en los casos que esto sea posible. El personal que en la rotación deba permanecer fuera de su lugar de trabajo, deberá estar en su vivienda el mayor tiempo posible, salvo caso de fuerza mayor. En caso de infringir tal prerrogativa, sin válida justificación, será considerada falta grave, pudiendo aplicarse el procedimiento disciplinario que la legislación autoriza. Los trabajadores alcanzados por la dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo, dispuesta en el artículo precedente, cuyas tareas habituales u otras análogas, puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento, deberán en el marco de la buena fe contractual, establecer con sus superiores jerárquicos, las condiciones en que dicha labor será realizada. Vale destacar que lo dispuesto no afectará la percepción de las remuneraciones de los trabajadores.
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